Leo el texto del voto particular del juez Ricardo González y
lo que leo me produce escándalo (RAE: 2. m. Hecho o dicho considerados
inmorales o condenables y que causan indignación y gran impacto públicos. Un
escándalo financiero.3. m. Desenfreno, desvergüenza, mal ejemplo. 4. m.
Asombro, pasmo, admiración.).
La percepción de la realidad de este juez está alterada, tan
alterada que se empeña en definir como jolgorio lo que sus tres compañeros
tratan de circunscribir a un delito espantoso por su concepción y por su
ejecución.
¿Qué tiene este señor en la cabeza, que tipo de disfunción
cognitiva y prejuicio establecido le puede llevar a seguir esos derroteros argumentales
como resultado de una percepción alterada de la realidad? La verdad es que me
resulta complicado analizar ese escrito sin dejarme llevar por las ganas de
dejarme llevar hacia el terreno del exabrupto, así que intentaré explicar lo
que pienso sin dejarme llevar por esa “santa indignación” que defendía Unamuno.
Lo que consagran sus análisis de los hechos, desde mi punto
de vista, no es más que la coincidencia con lo que pueden pensar los que
cometen los actos descritos: “Tú tira, que son todas iguales y en el fondo, les
gusta. Primero se quejan, pero luego disfrutan”. Para este juez, la víctima
participó voluntariamente en esa degeneración y, además, se lo pasó estupendamente.
Todo el hilo argumental destila machismo rancio, moralidad de sacristía
decimonónica, desprecio hacia la libertad sexual de la mujer y una perversidad
que se manifiesta desde el fondo de una percepción alterada que me recuerda a
los retorcidos censores del franquismo, capaces de ver inmoralidad en escenas
que sólo un enfermo podría relacionar con el sexo.
Su histórico de sentencias pone de manifiesto que cualquier víctima
viva, es una mujer que consiente y participa pues, desde su punto de vista,
sólo la muerte o el más absoluto destrozo físico y mental podrían demostrar que
la mujer ha hecho lo que tenía que hacer: defender su “honra” hasta el final.
Según este juez, tras la violación solo cabe el arrepentimiento, la culpa y el
convento expiatorio en una ida consagrada a la penitencia por haber caído en la
provocación concupiscente.
Nada de lo que escribe puede colocarse en el terreno de la normal
jurisprudencia o el sensato análisis de los hechos que se describen en la parte
compartida de la sentencia. Lo que en ese escrito se describe produce espanto,
pero para Ricardo González todo ese horror, vivido y descrito, se resume en un
jolgorio cutre: "No aprecio en ninguno de los vídeos y fotografías signo
alguno de violencia, fuerza, o brusquedad ejercida por parte de los varones
sobre la mujer. No puedo interpretar en sus gestos, ni en sus palabras (en lo
que me han resultado audibles) intención de burla, desprecio, humillación, mofa
o jactancia de ninguna clase. Sí de una desinhibición total y explícitos actos
sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo en todos ellos, y, ciertamente,
menor actividad y expresividad en la denunciante".
Desde mi punto de vista, este juez se ha descalificado como
intérprete de la ley, pues su percepción e interpretación de la realidad es,
claramente, patológica y no puede acercarse a este tipo de delitos de una forma
objetiva. Algo en su cabeza no funciona y eso hace que sea peligroso para
ejercer el cargo, lo tengo claro.
¿Servirá esta constatación del absurdo en el que se mueve la
ley para cambar la jurisprudencia, el código o las leyes relacionadas con estos
delitos y avanzar hacia lo que hoy se considera normal? Sinceramente o lo sé,
pero si sé que hace falta, mucha falta.
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